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Si eres colombiano, estás de enhorabuena, la ley migratoria te afectará así en el trabajo y la residencia

España es uno de los países que más reclamo tiene entre los colombianos para emigrar, ya que su fácil acceso y la necesidad de no tener que sacar visa, hacen de esta nación europea una de las favoritas.

Y es que son cerca de 5 millones y medio de extranjeros los que se radican en España, siendo más de un tercio de origen latinoamericano en el que se incluyen a bastantes colombianos.

No obstante, algunas personas que se van a este país en búsqueda de mejores oportunidades suelen encerrarse en un círculo vicioso ya que no pueden trabajar de forma legal porque no tienen permiso de residencia, pero no lo pueden solicitar porque no se han podido vincular en una acreditación laboral.

Ante la nueva reforma de ley de extranjería que hace poco aprobó el gobierno de España y que será estrenada en el mes de agosto, permitirá resolver algunas de las funciones en la que los empresarios ya no únicamente los podrán contratar a los extranjeros directamente de su país de origen, sino que las personas que residen en este país puedan regularizar su situación para acceder a un empleo.

Estudiantes

Los principales beneficiados con esta nueva ley serán los estudiantes extranjeros que se encuentren vinculados a centros españoles. Ya que quienes permanecían con visado de estudio no podían trabajar para seguir costeándose sus estudios. Pero con esta nueva ley ahora podrán trabajar de manera legal hasta 30 horas a la semana para poder continuar con su formación.

De esta forma, una vez que culmine sus estudios, podrá quedarse un año más sin necesidad de pedir ampliación de estancia en este país.

Es así que España ha pensado que esto beneficiará al país ya que los profesionales podrán quedarse, y no solo eso, ya que muchas personas viajarán para estudiar alguna carrera profesional, lo que facilitará la internacionalización de las escuelas y universidades.

Reagrupación Familiar

Esta es una de las principales novedades que se presentan en esta nueva reforma, ya que muchas familias del extranjero se verán beneficiadas, teniendo en cuenta que recibirán permiso de residencia, y la autorización para trabajar de manera propia y ajena. Algo demasiado positivo teniendo en cuenta que con anterioridad solo se permitía el acceso a la residencia.

Este también se volverá más flexible siempre y cuando en la reagrupación familiar se vean afectados menores de edad, o personas con discapacidad o que se vean en una situación de vulnerabilidad.

Contratación en origen

Al momento de que una empresa requiera la contratación de los trabajadores desde el país de origen, también va a generar grandes beneficios, Ya que se va a mejorar la contratación para las personas que trabajan como temporeros. Es decir, las personas que van a España a participar en campañas agrícolas, podrán tener autorización de cuatro años en que podrá trabajar por nueve meses por ejercicio, con la obligación de volver a su país después de cada periodo vencido.

Cumpliendo estas condiciones estas personas podrán solicitar permiso de residencia y trabajo prorrogable a dos años más. Pero además, esto busca mejorar las zonas ocupacionales de difícil cobertura, es decir los trabajos en los cuales es complejo encontrar personal para hacerlo y que permite contratar personal que se adecue a ellos.

Arraigo por información

Las personas que han estado en España durante un periodo de dos años, podrán adquirir un permiso de residencia durante los próximos 12 meses, si se compromete a realizar una formación reglada para emplearse, algo a lo que el gobierno español le apuesta y que se ha visto en países como Alemania.

Una es el arraigo social, para el que hay que demostrar tres años de residencia y, además, que se dispone de una oferta de trabajo. Este contrato ya no deberá tener una duración mínima de un año, como se pedía hasta ahora, pero sí que cumpla con el salario mínimo interprofesional.

El último de ellos es el arraigo laboral, en el que la persona debe demostrar que en su estancia hubo un vínculo laboral a pesar de que no tenga un contrato pero que si haya cobrado por sus servicios. Esto le traerá beneficios de ampliación en su estadía en España.

Fuentes:
Sistema Integrado Digital

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